El pasado día 30 de julio de 2018, la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales hizo pública la resolución por la que se convocan para el año 2018 las ayudas para la producción de cortometrajes realizados (aunque no deja de ser curioso que en el resumen d ela resolución publcada por el BOE se diga (ayudas para la producción de cortometrajes sobre proyecto) supongo que serán los misterios de la Administración pública.
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¿De qué va ésto?
El objeto de esta resolución no es otro que convocar ayudas para la producción de cortometrajes ya realizados para el año 2018, mediante régimen de concurrencia competitiva. Esto quiere decir que se trata de un tipo de contrato en el que al menos una de las partes es una Administración pública cuando actúa como tal, y en el que está sometida a un régimen jurídico que coloca al contratante en una situación de subordinación jurídica frente a la Administración
¿Quién se puede acoger a estas ayudas?
Estas ayudas están pensadas para que puedan disfrutar de ellas Empresas productoras independientes constituidas legalmente.
¿Cuanto dinero puedo obtener?
- El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 400.000 euros.
- La cuantía máxima de la ayuda que se conceda no podrá superar el 75 por 100 del coste reconocido al cortometraje por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, tal y como queda definido en el artículo 13 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine.
- Estas ayudas son compatibles con las ayudas a la producción de cortometraje sobre proyecto, sin que la suma de ambas pueda superar el 75 % del coste reconocido a la película y con el límite máximo de 70.000,00 euros por película beneficiaria.
¿Hasta cuando puedo solicitar estas ayudas?
- El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente extracto en el «Boletín Oficial del Estado», finalizando a las 14:00 horas del último día del plazo.
- Las películas deberán haber sido calificadas entre el 31 de mayo de 2017 y el 31 de mayo de 2018, ambos inclusive.
- El plazo para solicitar el reconocimiento del coste de producción de la película finalizará el 9 de agosto de 2018
- La presentación de solicitudes será obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte
https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/index.jsp
Si quieres saber más hzlo aquí. http://www.boe.es/boe/dias/2018/08/03/pdfs/BOE-B-2018-39934.pdf
Si quieres sugerirme algún otro tipo de ayuda o subvención a cortometrajes no tienes más que dejar un comentario y compartirlo con todos. Así todos podremos conocerlo.
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Un fuerte abrazo.
Oriol Villar R. de Hinojosa
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